Reforma Fiscal: Impuesto a los combustibles

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Reforma Fiscal: Impuesto a los combustibles

La propuesta de reforma tributaria que el Poder Ejecutivo Nacional envió al Congreso de la Nación –que proponía importantes cambios  en el Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y el Gas Natural- fue aprobada el pasado 27 de diciembre de 2017, avanzando así hacia un tributo que recaerá principalmente sobre los agentes contaminantes del medioambiente.

30 de Noviembre de 2017
Reforma Fiscal: Impuesto a los combustibles

En el marco del proyecto de reforma tributaria enviado al Congreso, el Poder Ejecutivo Nacional propuso un cambio de filosofía en relación con los tributos sobre los combustibles líquidos. En efecto, propone denominar al tributo regulado por el Título III de la Ley N° 23.966 como “impuesto sobre los combustibles líquidos y el dióxido de carbono”. Esta propuesta fue aprobada por el Congreso con algunos cambios.

Dentro de los motivos que fundaban estas modificaciones se pueden mencionar los siguientes: a) la aceptación del Poder Ejecutivo sobre la contribución humana al cambio climático; b) la necesidad de que los actores que contribuyen en mayor proporción a este fenómeno asuman sus costos y se fomente así el uso de energías alternativas, y c) los compromisos intergubernamentales asumidos en materia de cambio climático. La intención fue poner el mayor peso de la tributación en aquellas fuentes más contaminantes, convirtiéndolo gradualmente en un verdadero “impuesto ambiental”.

Hubo grandes modificaciones en la estructura general de los tributos, en gran medida por la aplicación de montos fijos actualizables (en vez de la aplicación de alícuotas ad valorem) por unidad de medida, la simplificación de los hechos imponibles y la igualación del texto del tributo con otros tributos especiales al consumo.

En particular, también cabe destacar que se amplió el alcance de la exención relativa a aquellos consumidores industriales que utilizan combustibles líquidos gravados en sus plantas industriales. En todos los casos, se excluye de la tributación la porción de biocombustible incorporada a las mezclas de combustibles líquidos.

También vale mencionar que se eliminó la facultad del Poder Ejecutivo Nacional de eximir de este impuesto a los combustibles líquidos utilizados para la generación de energía eléctrica, en sintonía con las políticas de fomento de uso de fuentes de energía renovables.

El mayor cambio propuesto se da en el reemplazo total del “impuesto sobre el gas natural comprimido por el impuesto sobre el dióxido de carbono, que incluye dentro de su objeto imponible a nuevos combustibles, por ejemplo, el fuel oil, el coque de petróleo y el carbón mineral. En el debate parlamentario se descartó la propuesta de que el gas natural también sea alcanzado por este tributo.

Se incluyeron previsiones especiales para los productos que antes no estaban gravados (fuel oil, coque de petróleo y carbón mineral), ya que: (a) su producido será distribuido enteramente de acuerdo al régimen Coparticipación Federal de Impuestos; (b) se comenzarán a gravar los hechos imponibles perfeccionados a partir del año 2019, y (c) su aplicación será gradual, utilizando una fracción creciente de los montos indicados en un período de diez años.

El diseño de este nuevo impuesto sobre el dióxido de carbono tiene aristas similares al impuesto sobre los combustibles, tanto en los sujetos pasivos, en el perfeccionamiento del hecho imponible, en las bases imponibles y en las exenciones. Sin embargo, se modifican los regímenes de imputación del pago de estos tributos como pago a cuenta de otros tributos para las actividades agrícolas y de transporte.

La reforma derogó las Leyes N° 26.028 y 26.181 del impuesto al gas oil y del tributo destinado al Fondo Hídrico de Infraestructura, respectivamente, simplificando el régimen de tributación específico sobre los combustibles.

Para la mayoría de los hechos imponibles, estos impuestos serán de aplicación desde el 1º de marzo de 2018, dado que la se publicó en el Boletín Oficial el 29 de diciembre de 2017.

Las modificaciones y el Impuesto sobre el Dióxido de Carbono se encuentran pendientes de reglamentación.