Nuevos Lineamientos para el Control de las Concentraciones Económicas en la Argentina

ARTÍCULO
Nuevos Lineamientos para el Control de las Concentraciones Económicas en la Argentina

La Comisión Nacional de Defensa de la Competencia ha publicado recientemente los nuevos lineamientos para el control de concentraciones económicas, que establecen nuevos umbrales respecto de la materialidad de las transacciones e incorporan conceptos económicos avanzados para el análisis de transacciones.

3 de Mayo de 2018
Nuevos Lineamientos para el Control de las Concentraciones Económicas en la Argentina

Introducción

El 11 de abril de 2018, la Secretaría de Comercio aprobó los nuevos Lineamientos para el Control de Concentraciones Económicas (los “Lineamientos”), luego de un proceso de consulta pública, que se llevó a cabo en el año 2017.

Los Lineamientos pretenden complementar el nuevo procedimiento de control de concentraciones económicas, que se implementará con la nueva Ley de Defensa de la Competencia, cuya aprobación se espera próximamente. Los nuevos Lineamientos son de gran utilidad para quienes se encuentran en contacto diariamente con la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia Argentina (la “Comisión”).
 

Aspectos clave

Definición del mercado relevante del producto y geográfico

En este aspecto, el principal cambio de los Lineamientos, respecto de la versión anterior, es que establece que, para analizar ciertas transacciones, no resulta necesario definir el mercado relevante. Ello definitivamente facilitará y disminuirá el tiempo de revisión de las transacciones, dado que se evitará el uso de recursos para definir mercados en transacciones con efectos insignificantes sobre la competencia.

Adicionalmente, los Lineamientos ahora establecen que la Comisión no estará obligada a aplicar las definiciones de mercado utilizadas en sus precedentes, dado que el análisis se realizará caso por caso. Incluso se menciona que puede ocurrir que dos operaciones de concentración distintas referidas al mismo sector económico sean analizadas utilizando diferentes definiciones de mercado.

En este sentido, los Lineamientos ahora incorporan un tipo particular de mercado que involucra “plataformas multilaterales” y mencionan la posibilidad de que la plataforma sea considerada como un mercado sí misma, o que los distintos “lados” de dichas estructuras económicas puedan involucrar un mercado relevante distinto.

Finalmente, los Lineamientos han incluido la posibilidad de que la definición del mercado geográfico relevante pueda extenderse más allá de la Argentina, especialmente cuando existe un significativo nivel de importaciones y exportaciones paralelas entre dos o más países, lo cual sigue la tendencia de ciertas decisiones de concentraciones económicas recientes en las que el enfoque nacional se descartó a favor de un análisis más regional.

Concentraciones horizontales: análisis de la concentración y las participaciones de mercado

En primer lugar, los Lineamientos establecen como principio general que una operación de concentración entre empresas con participaciones de mercado reducidas es muy difícil que genere problemas de competencia. En este aspecto, es un gran avance que los Lineamientos ahora establezcan que todas las concentraciones en las que las partes adquieran una participación conjunta menor al 20 % se considerarán no problemáticas. Asimismo, este enfoque se complementa con reglas claras respecto de la utilización del Índice de Herfindhal-Hirschmann (“IHH”), una herramienta que se utiliza para medir la concentración en el mercado, el cual solía utilizarse, pero sin reglas específicas.

Conforme los Lineamientos, si el IHH después de la operación se encuentra por debajo de los 2000 puntos es realmente improbable que se produzcan restricciones a la competencia. Además, el IHH también será utilizado para descartar problemas de competencia en aquellas transacciones en las que (i) se produzca un incremento en el IHH menor a 150 puntos y (ii) la participación conjunta de las empresas involucradas sea menor al 50 % en un escenario postransacción.

De este modo, las transacciones que reúnan dichos umbrales materiales deberían ser aprobadas rápidamente y no deberían estar sujetas a un análisis exhaustivo por parte de la autoridad.

Concentraciones verticales

En este aspecto, los Lineamientos enumeran algunos factores que deben ser tenidos en cuenta, particularmente en estos casos, porque pueden generar el cierre anticompetitivo de los mercados. Para ello, los Lineamientos brindan algunos ejemplos en los cuales una concentración vertical puede generar daños a la competencia, tales como (i) la eliminación de un proveedor independiente que impida la entrada de los competidores a un mercado aguas arriba, (ii) la eliminación de un distribuidor independiente que genere una limitación al acceso de los competidores de las partes en un mercado aguas abajo, o (iii) el incremento de barreras de entrada a nuevos competidores.

Asimismo, los Lineamientos hacen referencia a la posibilidad de que las concentraciones verticales incrementen los incentivos a coludir generando efectos anticompetitivos coordinados.

Por otro lado, respecto del análisis de los efectos sobre la competencia de las concentraciones verticales, los Lineamientos proponen un método similar a aquel establecido para las concentraciones horizontales. Conforme los Lineamientos, las siguientes transacciones verticales no deberían generar ningún tipo de problema competitivo: (i) si las participaciones de mercado de las empresas involucradas son ambas menores al 30 %, o (ii) si el IHH se encuentra por debajo de los 3000 puntos, tanto en el lado de oferta como en lado de la demanda del mercado, o (iii) si se combinan los dos puntos anteriores, es decir, una participación de mercado menor al 30 % del lado de la demanda y un IHH menor a 3000 puntos del lado de la oferta, o viceversa.

Concentraciones de conglomerado

Los Lineamientos establecen que, en principio, las concentraciones de conglomerado no serán objetadas, y serán consideradas como potencialmente perjudiciales a la competencial solo en los casos en que exista (i) la eliminación de un competidor potencial o (ii) efectos de cartera.

Por lo tanto, salvo en los casos mencionados, explicados brevemente en los Lineamientos, se podría concluir que la gran mayoría de las concentraciones de conglomerado deberán ser aprobadas sin mayor análisis.

Análisis económico

Los Lineamientos ahora proveen un enfoque más exhaustivo respecto de las técnicas y métodos que pueden ser utilizados por la Comisión. Asimismo, se incluye la noción de indicadores cuantitativos tales como el Índice de Presión Alcista de Precios, el cual es utilizado para determinar los posibles efectos unilaterales en un escenario postransacción, así como también se incluye una sección dedicada especialmente a efectos coordinados. Se incorporan también otros factores relevantes como la competencia proveniente de productos importados, el poder de compra compensatorio, la creación de efectos de cartera y la posibilidad de procedencia de la adquisición de empresas en decadencia.

Finalmente, los Lineamientos también agregaron una sección dedicada a la revisión de cláusulas de restricciones accesorias en la cual se dispone, continuando con la práctica actual de la nueva administración de no establecer términos específicos para su duración, que se realizará un análisis caso por caso. En líneas generales, se tendrán en cuenta las cláusulas accesorias dentro del marco de la evaluación integral de los efectos de la operación notificada. Resta por verse si la Comisión incluirá un conjunto claro de reglas para que las partes puedan evaluar el tipo de revisión que se realizará eventualmente.
 

Conclusión

Si bien se han eliminado algunos aspectos relevantes que se encontraban en el proyecto elaborado en la consulta pública de los Lineamientos, como el procedimiento de evaluación simplificado, estos proveen reglas claras y actualizadas para las partes interesadas en llevar a cabo una notificación de concentración económica en la Argentina. Asimismo, se les permite evaluar el tipo de revisión a la cual estarán sujetos y también la posibilidad de estimar de manera más clara el tiempo de revisión por parte de la autoridad.