Modificaciones al esquema de sanciones sobre Protección de Datos Personales

ARTÍCULO
Modificaciones al esquema de sanciones sobre Protección de Datos Personales

La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales que estableció un nuevo catálogo de infracciones y graduación de sanciones aplicables a los casos de violación de la Ley de Protección de Datos Personales.

26 de Febrero de 2015
Modificaciones al esquema de sanciones sobre Protección de Datos Personales

El 19 de febrero de 2015 la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales (en adelante, la “Dirección”) sancionó la Disposición N° 9/2015 (en adelante, la “Disposición”) que establece un nuevo catálogo de infracciones y graduación de sanciones aplicables a los casos de violaciones a la Ley de Protección de Datos Personales N° 25.326 (en adelante, la “Ley”).

La Disposición, publicada en el Boletín Oficial el día 24 de febrero de 2015, incorpora nuevas conductas a la lista de infracciones de la Disposición N° 7/2005 como, por ejemplo, las violaciones a la Ley del Registro “No Llame” (ver Nuevo Registro Nacional No Llame en Marval News #142 del 29 de agosto de 2014).

Adicionalmente, la Disposición modifica la anterior graduación de sanciones (ver Protección de datos personales: nuevo régimen de infracciones y sanciones en Marval News #45 del 30 de noviembre de 2005). En particular, esta nueva escala de sanciones determina que:

  1. en el caso de infracciones leves se podrán aplicar hasta 2 apercibimientos y/o una multa de $ 1.000 a $ 25.000;
  2. en el caso de las infracciones graves la sanción a aplicar será de hasta 4 apercibimientos, suspensión de 1 a 30 días de la base de datos y/o multa de $ 25.001 a $ 80.000; y
  3. en el caso de infracciones muy graves se podrá aplicar hasta 6 apercibimientos, suspensión de 31 a 365 días, clausura o cancelación de la base de datos y/o multa de $ 80.001a $ 100.000.

Todas las multas impuestas por la Dirección deberán ser abonadas dentro de los 10 días hábiles administrativos desde su notificación.