El Banco Central estableció la Cuenta Especial de Inversión

ARTÍCULO
El Banco Central estableció la Cuenta Especial de Inversión

La misma permite que determinadas entidades puedan abrir una cuenta especial para inversiones con un procedimiento simplificado, y que las entidades extranjeras puedan acceder al Mercado Único y Libre de Cambios sin tener que designar un representante legal que sea residente argentino.

24 de Febrero de 2017
El Banco Central estableció la Cuenta Especial de Inversión

El Banco Central de Argentina introdujo una nueva opción de cuenta bancaria: la Cuenta Especial de Inversión[i] (“la Cuenta Especial de Inversión”). La misma permite que determinadas entidades, siempre que cumplan con determinados requisitos, puedan abrir una cuenta especial para inversiones con un procedimiento simplificado. La Cuenta Especial de Inversión permite también que las entidades extranjeras puedan acceder al Mercado Único y Libre de Cambios (“MULC”) sin tener que designar un representante legal que sea residente argentino.

1. Entidades que califican para abrir una Cuenta Especial de Inversión

La apertura de la Cuenta Especial de Inversión estará tanto para inversores locales como extranjeros. Los inversores extranjeros deben ejercer una actividad financiera, autorizada, regulada y supervisada de manera apropiada en cuestiones referidas a prevención de lavado de dinero en su jurisdicción de origen, de acuerdo a las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). La jurisdicción de origen no puede ser una de las consideradas “no-cooperante” o de “alto riesgo” por el GAFI.

Asimismo, el inversor extranjero debe estar sujeto, en su jurisdicción de origen, a la supervisión, autorización y/o control de órganos de contralor tanto en lo referido a cuestiones de prevención de lavado de dinero como cuestiones financieras. Estos órganos de contralor deben tener un Convenio de Cooperación o Memorandos de Entendimiento con el Banco Central de Argentina o con la Comisión Nacional de Valores.

La entidad financiera deberá aplicar las regulaciones relacionadas a la identificación y conocimiento del cliente emitidas por la Unidad de Información Financiera (“UIF”)[ii]

2. Pagos autorizados y cobranzas

La Cuenta Especial de Inversión solo puede ser utilizada para realizar y recibir determinados pagos y cobros expresamente establecidos en la normativa. La Cuenta Especial de Inversión no puede tener un saldo negativo.

Todos los débitos de la Cuenta Especial de Inversión deben estar relacionados a los siguientes conceptos:

  1. compra de títulos valores privados o públicos;
  2. compra de instrumentos de regulación monetaria emitidos por el Banco Central;
  3. transferencias entre cuentas propias;
  4. repatriación de fondos; y
  5. gastos de operación de cuenta (ej.: comisiones y otros costos).

Todas las transferencias realizadas desde la Cuenta Especial de Inversión deben ser realizadas de manera electrónica por alguno de los individuos autorizados para operar con el banco. Todos los créditos en la Cuenta Especial de Inversión deben ser hechos a través de transferencias electrónicas que permitan su trazabilidad.

Las entidades financieras en donde el residente extranjero tenga la Cuenta Especial de Inversión pueden actuar como representantes de dicho cliente al momento de realizar los documentos de compraventa de divisas extranjeras y determinar si los fondos fueron transferidos desde o hacia la Cuenta Especial de Inversión. Esta autorización permitirá simplificar el acceso a residentes extranjeros al MULC ya que de otra manera las entidades financieras, generalmente, requieren al residente extranjero que designe un representante legal domiciliado en Argentina para firmar esta documentación.

3. Procedimiento para abrir la Cuenta Especial de Inversión

La normativa del Banco Central prevé que determinada documentación societaria sea presentada ante la entidad financiera, pero hay ciertas facilidades que permiten acelerar el proceso. Los documentos y la información pueden ser provistos directamente por el titular de la Cuenta Especial de Inversión o a través de la entidad financiera, ya sea local o extranjera, que transfiere los fondos a la Cuenta Especial de Inversión. A la par, la documentación puede ser presentada de manera electrónica, no obstante, debe ser entregada dentro de los 60 días luego de la apertura de la Cuenta Especial de Inversión.

En relación a la inscripción tributaria necesaria para abrir la Cuenta Especial de Inversión, el cliente puede abrir una cuenta con un Código de Inversor Extranjero (“CIE”), que fue creado recientemente y proporciona un proceso de registro simplificado para inversores financieros extranjeros.

[i] Comunicación “A” 6165 del Banco Central de la República Argentina.

[ii] La UIF emitió la Resolución N° 4/2017 orientada a regular específicamente este tipo de cuentas.