El Banco Central emitió los Lineamientos para la Gestión de Riesgos de Operaciones con Moneda Extranjera

ARTÍCULO
El Banco Central emitió los Lineamientos para la Gestión de Riesgos de Operaciones con Moneda Extranjera

Los Lineamientos regulan la gestión de riesgo de las entidades financieras que se exponen a operaciones de intercambio de divisas.

24 de Febrero de 2017
El Banco Central emitió los Lineamientos para la Gestión de Riesgos de Operaciones con Moneda Extranjera

En agosto del 2016, el Banco Central de la República Argentina (el “Banco Central”) introdujo cambios sustanciales en las normas sobre control de cambios aplicables a operaciones de derivados, eliminando restricciones a la concertación de operación de derivados con residentes del exterior. Como resultado, la actual normativa sobre control de cambios permite a los residentes argentinos concertar operaciones de derivados con una contraparte extranjera sin la necesidad de autorización previa del Banco Central. Asimismo, los residentes argentinos también tienen permitido comprar moneda extranjera para realizar pagos resultantes de una operación de derivados. La única restricción todavía vigente en la normativa de control de cambios sobre derivados son las aplicables a aquellas operaciones de derivados que sean operaciones de cambio propiamente dichas (ej., un contrato tipo forward de divisas). Actualmente, el Banco Central emitió regulaciones sobre gestión de riesgos que son susceptibles de aplicarse a determinadas operaciones de derivados que pueden ser interpretadas como operaciones de cambio propiamente dichas.

El Banco Central emitió recientemente los “Lineamientos para la gestión de riesgos asociados a la liquidación de operaciones de cambio”[i] (los “Lineamientos”). Los Lineamientos regulan la gestión de riesgo de las entidades financieras que se exponen a operaciones de intercambio de divisas, ya sea desde la negociación hasta la liquidación de las mismas. Las entidades financieras deben implementar los Lineamientos de manera proporcional a su tamaño, naturaleza, complejidad y perfil de riesgo de las actividades de intercambio de divisas que realiza y de gestionar los riesgos asociados a estas en una manera similar a como gestiona riesgos equivalentes provenientes de otras actividades, pero teniendo especial consideración a aspectos específicos de estas operaciones.

Los Lineamientos prevén que las instituciones financieras tengan un sistema de gobernanza sólido, contando con un mecanismo que asegure que todos los riesgos relacionados a la compensación de operaciones realizadas en moneda extranjera sean identificadas, medidas, seguidas y controladas bajo un sistema consolidado, dentro del marco de un proceso de gestión de riesgos integral y con un Directorio que tenga un rol activo.

Los lineamientos también definen las operaciones de monedas extranjeras sujetas a las mismas. En adición a las operaciones de tipo spot, los lineamientos también se aplican a determinadas operaciones de derivados. Dentro de las sujetas a estas regulaciones se encuentran aquellas que son liquidadas mediante dos flujos de fondos (Ej. contratos de tipo forward, contratos de opciones con entrega de la moneda subyacente, contratos de tipo swap de divisas extranjeras y contratos de tipo swap de monedas en donde hay un intercambio de monto nominal).

Los lineamientos incluyen definiciones de determinados derivados de monedas extranjeras:

a) Forward de moneda extranjera: es el acuerdo entre dos partes que acuerdan la compra o venta de una divisa contra otra a una fecha futura (mayor a dos días) a un precio establecido al entrar en el contrato.

b) Swap de moneda extranjera: es el acuerdo entre dos partes que se comprometen a simultáneamente comprar o vender una divisa por otra, a un tipo de cambio determinado y recomprarla o revenderla a la contraparte en una fecha futura, a determinado precio.

(c) Swap de divisas: es el acuerdo entre dos partes para intercambiar determinada característica de un préstamo (ej. el capital y/o los intereses) en determinada divisa por las mismas características bajo un préstamo en una divisa distinta a una fecha específica futura, de la manera en que se establezca en la fórmula acordada. Generalmente estos acuerdos involucran el intercambio de capital y son conocidos como “swap entrecruzado de monedas”

Los Lineamientos no aplican a los instrumentos que involucran un solo pago, como los contratos de tipo forward sin entrega física (NDFs), contratos de opciones liquidadas en efectivo, y acuerdos liquidados por diferencias.

El Banco Central emitió recientemente regulaciones sobre la capacidad de las instituciones financieras para entrar en operaciones de derivados. Los lineamientos son un complemento de las regulaciones sobre los contratos de derivados que pueden concretar las instituciones financieras al incluir detalles sobre las regulaciones de gestión de riesgo. En un nivel más general, los lineamientos también sirven para proveer un entendimiento de qué tipo de operaciones de derivados son consideradas como operaciones de intercambio de divisas extranjeras por el Banco Central.

[i] Comunicación “A” 6131, emitida el 29 de diciembre de 2016.